|
|
|
 |
|
 |
|
Información Comunal - Subsidios |
Subsidio Único Familiar (SUF) - Leyes Nº 18.020 y 18.611

Dirigido
-
A niños menores de 18 años, a cargo de un adulto (madre, padre o tutor), sin Previsión
ni recursos económicos.
-
Deficientes mentales o Inválidos que se refiere la Ley Nº18.600, siempre que no sean beneficiarios de la Pensión Asistencial Decreto Ley Nº869. Quienes recibirán subsidio duplo.
Descripción
-
Monto de $5.765 mensuales
-
En caso de inválidos monto $11.730 mensuales
Donde
-
Solicitar este beneficio en el Departamento Acción Social de la Municipalidad que corresponda a la residencia del menor.
Requisitos
-
El menor debe vivir a expensas del adulto que solicita este subsidio.
-
El adulto debe carecer de recursos económicos y Previsión Social, situación determinada por Ficha de Protección Social.
-
El menor debe estar al día en el control sano, si es menor de 6 años.
-
El menor debe ser alumno regular de enseñanza básica o media, si es mayor de 6 años.
-
El postulante debe estar encuestado con la Ficha de Protección Social
-
Los deficientes Mentales o Inválidos debe tener Carnet de la Discapacidad.
-
Ficha Protección Social, puntaje inferior o igual a 11.734.
Documentación
Presentar:
-
Cédula de Identidad madre, padre o tutor.
-
Certificado de Nacimiento del menor.
-
Fotocopia del Control Sano, si es menor de 6 años.
-
Certificado de Matricula del respectivo colegio, si es mayor de 6 años.
-
Fotocopia Tutela o Declaración Jurada cuando es tutor o guardador.
Observaciones
-
La institución que otorga el beneficio es la Intendencia Región Metropolitana.
-
La institución que paga este beneficio es el instituto de Normalización Previsional (INP).
Subsidio a la madre - Leyes Nº18.020 y 18.611

Dirigido
-
A la madre de niños que viven a sus expensas y por los cuales recibe Subsidio Unico Familiar.
Descripción
-
Monto de $5.765 mensuales
-
El beneficio termina el año que los menores que reciben el Subsidio Unico Familiar cumplen los 18 años de edad o cuando dejan de cumplir alguno de los requisitos.
Donde
-
Solicitar este beneficio en del Departamento Acción Social de la Municipalidad que corresponda a la residencia del menor.
Requisitos
-
Madre de niños que viven a sus expensas y por los cuales recibe el subsidio Unico Familiar.
-
Debe carecer de recursos económicos y Previsión Social.
-
Estar encuestado con la Ficha de Protección Social.
-
Ficha Protección Social, puntaje inferior o igual a 11.734.
Documentación
Presentar:
-
Certificado de Nacimiento.
-
Colilla de pago de Subsidio Unico Familiar.
-
Cédula de Identidad del postulante.
Observaciones
-
La institución que otorga el beneficio es la Intendencia Región Metropolitana.
-
La institución que paga este beneficio es el instituto de Normalización Previsional (INP).
Subsidio Maternal - Leyes Nº18.020 y 18.611

Dirigido
-
A la mujer embarazada sin recursos económicos ni Previsión Social.
Descripción
-
Monto de $5.765 ($57.650)
Donde
-
Solicitar este beneficio en el Departamento Acción Social de la Municipalidad que corresponda a la residencia del menor.
Requisitos
-
Estar encuestada con la Ficha de Protección social.
-
Ficha Protección Social, puntaje inferior o igual a 11.734.
Documentación
Presentar:
-
Cédula de Identidad de la postulante.
-
Certificado de Embarazo, que acredite el 5º mes de embarazo otorgado por el consultorio o Posta Rural.
Observaciones
-
La institución que otorga el beneficio es la Intendencia Región Metropolitana.
-
La institución que paga este beneficio es el instituto de Normalización Previsional (INP).
Subsidio Recién Nacido - Leyes Nº 18.020 y 18.611

Dirigido
-
A las madres que han recibido el Subsidio Maternal y que carece de Previsión Social.
Descripción
-
Monto de $5.765.
-
El beneficio debe tramitarse en el plazo de 3 meses, una vez cobrado el Subsidio Maternal.
-
El beneficio dura 3 años, pudiendo renovarse antes de que el menor cumpla los 3 años de edad, si se mantiene los requisitos exigidos.
Donde
-
Solicitar este beneficio en del Departamento Acción Social de la Municipalidad que corresponda a la residencia del menor.
Requisitos
-
Hijo de madre que ha recibido el subsidio Maternal y sin previsión Social.
Documentación
Presentar:
-
Cédula de Identidad madre.
-
Certificado de Nacimiento del menor.
-
Comprobante de pago del Subsidio Maternal.
-
Carnet de Control Sano.
Observaciones
-
La institución que otorga el beneficio es la Intendencia Región Metropolitana.
-
La institución que paga este beneficio es el instituto de Normalización Previsional (INP).
Pensión Básica Solidaria de Vejez - Ley 20.255

Dirigido
-
A personas de 65 años y más, que no se encuentren adscritas a ningún sistema previsional, y se encuentren dentro del 40% más pobre.
Descripción
-
Pago de $ 60.000 para los adultos mayores desde los 65 años. En régimen $75.000, reajustable anualmente según IPC.
-
Da derecho a asistencia médica gratuita en los hospitales y consultorios del Sistema Nacional de Servicio de Salud (S.N.S.S.). Para aquellos carentes de recursos, es decir hasta 8.500 FPS
-
Pago de $60.000 para los adultos mayores desde los 65 años hasta 1º de julio del 2009. A partir de esa fecha el monto será de $75.000, reajustable anualmente según IPC
Donde
-
Solicitar este beneficio en el INP futuro Instituto de Previsión Social
-
Previa encuesta FPS, solicitada en el Depto. De Acción Social.
Requisitos
-
Estar encuestado con Ficha de Protección Social
-
Tener un puntaje de hasta 11.734 ptos, en el 2008.
-
El beneficiario no puede estar recibiendo otra pensión.
-
Tener un puntaje hasta 11.734 puntos hasta el 31 de junio del 2008.
Documentación
Presentar:
-
Fotocopia cédula de Identidad.
Observaciones
-
La institución que paga el beneficio en el Instituto de Normalización Previsional (INP), futuro Instituto de Previsión Social.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez - Ley 20.255

Dirigido
-
A personas mayores de 18 años y hasta los 65 años, calificadas como inválidas y que pertenezcan a grupos familiares pertenecientes al 40% más pobre, FPS 11.734 ptos, en el 2008, sin previsión social.
FPS 11.734 ptos, hasta 31 de junio del 2008.
Descripción
-
Pago de $60.000, anualmente, $75.000 en régimen, este monto se reajusta
-
Permite recibir asistencia médica gratuita en los hospitales y consultorios del Sistema Nacional de Servicio de Salud (S.N.S.S.), para aquellas personas consideradas carentes de recursos, 8500 ptos en la FPS.
-
Da derecho a asignación familiar por las cargas del beneficiario a excepción del cónyuge.
-
El beneficio termina cuando se pierde alguno de los requisitos exigidos, por renuncia voluntaria, por fallecimiento del beneficiario o por negarse, por entregar datos falsos.
-
Da derecho a asignación familiar ... (tramitación en INP)
Donde
-
Solicitar el beneficio en INP, futuro IPS (Instituto de Previsión social).
-
Previa solicitud de Ficha de Protección Social en le Municipio.
Requisitos
-
Estar encuestado con Ficha de Protección social.
-
El beneficiario no puede estar recibiendo otra pensión.
-
Ser calificado como invalido por Comisión Médica.
Documentación
Presentar:
-
Fotocopia cédula de Identidad del postulante.
-
Evaluación Comisión Médica DL3.500.
Observaciones
-
La institución que paga el beneficio en el Instituto de Normalización Previsional (INP) futuro IPS.
Subsidio al Deficiente Mental - Ley 20.255

Dirigido
-
A Deficientes Mentales menores de 18 años de escasos recursos.
Descripción
-
Pago de $48.000 mensuales
-
El beneficio una vez obtenido hasta los 18 años.
Donde
-
Solicitar este beneficio en el Departamento Acción Social de la Municipalidad de donde vive el postulante.
Requisitos
-
Estar encuestado con Ficha de Protección Social 8.500 ptos.
-
Tener ingresos inferiores al 50% de la pensión mínima.
-
El beneficiario no puede estar recibiendo otra pensión o Subsidio Unico Familiar.
Documentación
Presentar:
-
Fotocopia cédula de Identidad.
-
Certificado de Residencia.
-
Certificado de Nacimiento.
-
Certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN que acredite la deficiencia Mental.
Observaciones
-
La institución que selecciona a los beneficiarios es la Intendencia Región Metropolitana.
-
La institución que paga el beneficio en el Instituto de Normalización Previsional (INP) futuro IPS.
Subsidio de Agua Potable SAP

Ley Nº18.778 (y posteriores modificaciones 18.889 y 19.059)
Consiste en un subsidio que bonifica parte de la cuenta mensual al consumo de agua potable y alcantarillado. Por un período de 3 años.
Existen 2 Modalidades:
1.- TRADICIONAL: 50% del consumo hasta los 15m3 cúbicos en área Urbana y Rural.
Dirigido
A familias con arranque domiciliario de agua potable.
Requisitos
- Estar al día en sus pagos.
- Estar encuestado con Ficha Protección Social
- Cumplir requisito de carencia.
2.- CHILE SOLIDARIO: 100% del consumo hasta los 15m3 para las familias insertas en el programa
Dirigido
A familias que se encuentren dentro del Chile Solidario
Requisitos
- Estar al día en sus pagos
- Estar 12 meses dentro del Chile Solidario
- Ser familia principal.
|

|
|